GROOMING: La Pampa incluye a los condenados por este delito en el Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes

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Mediante la aprobación de la Ley 3367 publicada en el Boletín Oficial el 13/08/2021 la Provincia de La Pampa incluye a los condenados por el delito de grooming en el Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual. 

El artículo 131 del Código Penal tipifica esta figura delictiva estableciendo que será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

Es de importancia vital generar espacios de diálogo con los menores en el ámbito familiar a los fines de enseñarles la utilización de internet de forma responsable y fortalecer vínculos de confianza que les permitan pedir ayuda a tiempo.

La denuncia de este delito permite efectivizar condenas de los adultos que actúan antijurídicamente y registrarlos con antecedentes por delitos cometidos contra la integridad sexual.




Fuente: https://www.argentina.gob.ar/grooming
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